H.02.04.a. IS. Impuesto sobre Sociedades. Características Básicas
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martes, 17 de septiembre de 2024
ÍNDICE
01. ¿En qué consiste el Impuesto sobre Sociedades?
02. ¿Quiénes están sujetos a este impuesto?
03. Requisitos para que una entidad sea residente
04. ¿Cuál es el periodo impositivo de este impuesto?
05. ¿Cuándo debe presentarse la declaración?
06. ¿Qué exenciones hay?
07. ¿Cuál es la base imponible en este impuesto?
DESARROLLO
01. ¿En qué consiste el Impuesto sobre Sociedades?
Es un tributo de carácter directo y de naturaleza personal que grava la renta de las sociedades. Se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes especiales del País Vasco, Navarra, así como las especialidades del régimen fiscal Canario. También hay que tener en cuenta los Tratados y Convenios Internacionales.
02. ¿Quiénes están sujetos a este impuesto?
El sujeto pasivo es la persona que según la Ley resulta obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias. La obligación principal consiste en el pago de la deuda tributaria, siendo accesorias a ésta la formulación de declaraciones y comunicaciones exigidas por el tributo.
Tienen que cumplirse dos cualidades:
a) Atendiendo a la configuración jurídica de la entidad
• Son sujetos pasivos las entidades con personalidad jurídica, exceptuando las Sociedades Civiles que no tengan objeto mercantil.
• Determinadas entidades carentes de personalidad jurídica: Fondos de Inversión, Fondos de Pensiones, Fondos de Capital Riesgo, Uniones Temporales de Empresas, etc.
b) La residencia: sólo son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades las entidades residentes en España, puesto que la tributación de los no residentes se establece en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.
03. Requisitos para que una entidad sea residente
• Que se constituyan conforme a las leyes españolas cumpliendo las exigencias jurídicas correspondientes
• Con domicilio social en España
• Con sede de dirección efectiva en España (lugar en el que radica la dirección y el control del conjunto de sus actividades)
Se considerará como domicilio fiscal no sólo donde se estipule el domicilio social, sino donde también se centralice la gestión administrativa y dirección de negocios, y por último se verá donde radique el mayor valor del inmovilizado.
Cuando la entidad esté domiciliada en un paraíso fiscal se presumirá, salvo prueba en contrario, que la entidad reside en España en los siguientes casos:
• Cuando sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o en derechos que se ejerciten en territorio español
• Cuando su actividad principal se desarrolle en territorio español
04. ¿Cuál es el periodo impositivo de este impuesto?
Regla general. Coincidirá con el ejercicio económico de la entidad, sin que pueda exceder de doce meses.
Reglas especiales. El período se extinguirá en todo caso:
• Cuando la entidad se extinga
• Cuando tenga lugar un cambio de residencia de la entidad residente en territorio español al extranjero
• Cuando se produzca la transformación jurídica de la entidad
05. ¿Cuándo debe presentarse la declaración?
El momento en el que nace la obligación de contribuir, es decir, el devengo, se produce el último día del período impositivo y deberá presentarse la declaración dentro de los veinticinco días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
06. ¿Qué exenciones hay?
Entidades totalmente exentas. Denominadas así porque no están obligadas a presentar declaración, sus rentas no están sometidas a retención y están sometidas a las obligaciones contables: el Estado, las Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Banco de España, etc.
Entidades parcialmente exentas. Sólo afecta a rentas derivadas de determinadas operaciones: esta exención acoge a las entidades e instituciones sin ánimo de lucro como Cruz Roja, ONCE, Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social, Colegios Profesionales, etc.
07. ¿Cuál es la base imponible en este impuesto?
Es el importe de la renta en el periodo de la imposición, minorada por la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.
Sistemas de determinación:
• En general, se determinarán por Estimación Directa:
••• Este procedimiento de estimación de la renta parte del resultado contable de la empresa y obliga a realizar las correcciones necesarias sobre dicho resultado para la aplicación de las normas establecidas en el Impuesto sobre Sociedades
••• Estas correcciones son de naturaleza extracontable y permiten ajustar las diferencias entre los criterios contables y la normativa fiscal, obteniendo así la Base Imponible
• Régimen de Estimación Objetiva:
••• Se aplica a las empresas navieras dedicadas al transporte que se acojan a un régimen especial
••• Este procedimiento cuantifica la Base Imponible aplicando total o parcialmente signos, índices y módulos
Subsidiariamente, la Base Imponible se determinará por Estimación Indirecta.
Revisado el 17/09/2024
17/09/2024 12:46 | publisher